Aportaciones a planes de pensiones

Realizar aportaciones a planes de pensiones es una forma muy interesante de compatibilizar el ahorro para la jubilación y la obtención de beneficios fiscales. Recuerde cómo funciona el actual régimen de aportaciones.

Beneficios fiscales. Los planes de pensiones, además de permitir ahorrar para la vejez (son un instrumento fundamental para poder complementar la pensión de jubilación), permiten obtener beneficios fiscales: los titulares de estos planes pueden disfrutar de una reducción en el IRPF equivalente a las aportaciones realizadas, hasta unos límites anuales que varían en función del tipo de plan de pensiones del que se trate.

Planes individuales

Aportaciones al propio plan

Hasta 1.500 euros. En primer lugar –y como supuesto más habitual–, las personas físicas pueden realizar aportaciones a su propio plan de pensiones individual (el que ellas mismas pueden constituir en cualquier entidad financiera). No obstante, la aportación máxima con derecho a reducción ha ido disminuyendo mucho en los últimos años. Actualmente es la menor cantidad de entre 1.500 euros anuales y el 30% de la suma de los rendimientos netos anuales del trabajo y de actividades económicas percibidos por el contribuyente [LIRPF, art. 52.1] .

Si un contribuyente con rentas altas, que tributa en su IRPF a un tipo marginal del 45%, aporta 1.500 euros a su plan de pensiones antes de final de año, gracias a computar una reducción por ese mismo importe obtendrá un ahorro en su declaración de la renta de 675 euros (1.500 × 45%).

Aportaciones al plan del cónyuge

Hasta 1.000 euros. En el caso de las personas casadas, además de la reducción por las aportaciones efectuadas a su propio plan, también pueden disfrutar de la reducción por las aportaciones que efectúen al plan del cónyuge . En ese caso, la aportación máxima con derecho a reducción es de 1.000 euros [LIRPF, art. 52.1] , y para disfrutar del incentivo es preciso que el cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas o que, si los obtiene, éstos sean inferiores a 8.000 euros anuales.

Otros planes

Planes de empresa

Para trabajadores. Otro tipo de planes que están adquiriendo más importancia en los últimos años (tras la disminución de las reducciones aplicables a los planes individuales) son los planes que pueden contratar las empresas con entidades financieras y cuyos beneficiarios son los trabajadores.

Hasta 8.500 euros. Pues bien, las aportaciones realizadas al plan empresarial, junto con las aportaciones realizadas por el propio trabajador a su plan de pensiones individual, no pueden superar los 10.000 euros (el exceso no tiene derecho a reducción). Así pues, si un trabajador ha aportado el máximo permitido de 1.500 euros a su plan individual, la aportación máxima al plan empresarial con derecho a reducción será de 8.500 euros.

Al computar el límite anterior no se tienen en cuenta las aportaciones realizadas al plan de pensiones del cónyuge.

Planes de autónomos

Empresarios individuales. Otros planes de pensiones cuyas aportaciones disfrutan de reducción desde 2023 son los planes específicos para autónomos, promovidos por asociaciones o federaciones de autónomos o bien por sindicatos, colegios profesionales o mutualidades, en los que sus partícipes sean exclusivamente autónomos [Ley 1/2002, art. 67.1.c] .

Hasta 4.250 euros. Los empresarios individuales, además de poder realizar aportaciones a su plan individual (el que pueden contratar por su cuenta en una entidad financiera, como cualquier otro contribuyente), también pueden efectuar aportaciones adicionales de hasta 4.250 euros a dichos planes de autónomos. Así pues, sus aportaciones totales con reducción pueden ser de hasta 5.750 euros [LIRPF, art. 52.1.2].

No sólo las aportaciones a planes de pensiones individuales disfrutan de reducción. También hay reducciones para aportaciones a planes de pensiones de empresa y de autónomos, así como a favor del cónyuge o de familiares con discapacidad elevada.

Contacte con nuestros asesores fiscales para planificar las acciones fiscales antes de fin de año y así poder optimizar su próxima liquidación de IRPF.

Scroll al inicio