Las personas con empleadas del hogar deben evaluar los riesgos laborales antes del 14 de noviembre

Las personas que tengan contratadas empleadas del hogar deberán realizar una evaluación de los riesgos que entraña el trabajo para su seguridad y salud y tomar medidas preventivas antes del próximo 14 de noviembre.

El Real Decreto-ley del 10 de septiembre de 2024 (RD 893/2024) que regula la protección de la seguridad y la salud en el ámbito del hogar estableció una serie de obligaciones para los empleadores en materia de riesgos laborales. Algunas deberán cumplirse antes del 14 de noviembre y otras aún no tienen fecha.

Las medidas que entran en vigor el próximo mes son las relativas a la obligación de los empleadores de realizar una evaluación de los riesgos laborales que hay en su vivienda para las empleadas del hogar, tomar medidas preventivas y documentarlas por escrito para dar una copia del documento a la trabajadora.

También deberán proporcionar a la empleada equipos de protección para que ejerzan su trabajo o, en caso de que sea necesario, equipos de protección individual (EPIs).

Para facilitar el trabajo de evaluación y la toma de medidas a los empleadores, el Ministerio de Trabajo ha puesto en marcha una herramienta gratuita que está a disposición en el portal Prevencion10.es.


Se trata de un servicio público gratuito de asesoramiento en prevención de riesgos laborales que permite gestionar de forma sencilla los riesgos laborales en el ámbito de la relación laboral de carácter especial del servicio del hogar familia y facilitar al personal del servicio del hogar familiar la información que necesitan para realizar su trabajo en condiciones de seguridad y salud.

Para más información contacta con nuestro departamento laboral.

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