Plan de Pensiones de Empleo Simplificado (PPES) del sector de la Construcción

Entrada en vigor del Plan de Pensiones de Empleo Simplificado (PPES) del sector de la Construcción

El Plan de Pensiones de Empleo Simplificado (PPES) es un plan de pensiones establecido en el Libro Tercero del VII Convenio General del Sector de la Construcción (BOE del 23 de septiembre de 2023), de conformidad con lo establecido en el Capítulo XII del texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, en virtud del cual las entidades promotoras realizarán contribuciones por sus partícipes en la cuantía, forma y plazos establecidos.   Estas aportaciones serán realizadas por las empresas (entidades promotoras), para cada trabajador (partícipe) y vendrán definidas en el convenio correspondiente.   El Convenio colectivo general del sector de la Construcción es el primero que ha implantado estos planes de pensiones, donde la parte de la subida salarial se ha acordado que vaya a estas pensiones. El resto de los convenios se irán añadiendo de manera progresiva.    

En resumen:

  • A partir del próximo 1 de febrero, todos los trabajadores del sector de la construcción contarán con un plan de pensiones, al que sus empresas deberán realizar aportaciones mensuales de forma obligatoria.
  • La contribución empresarial será la establecida en el convenio colectivo y durante la vigencia del contrato del trabajador.
  • Estas contribuciones mensuales tienen una reducción en la cuota de la Seguridad Social. Por ese motivo es necesario que, todos los meses, la empresa comunique a la Seguridad Social el importe de la aportación, así como también a la plataforma Aporta+ de Vida Caixa.
  • Para realizar las aportaciones de 2022, 2023 y enero de 2024 la empresa dispondrá de un plazo de 90 días, es decir, hasta el 30 de abril de 2024, para realizarlas en un único pago.
  • Estos Planes de Pensiones de Empleo Simplificados tienen ventajas fiscales para la empresa, puesto que en el modelo 345 irán las contribuciones correspondientes a los años 2022 y 2023, abonadas en 2024. Sin embargo, esta información no aparecerá al listar los modelos 110, 111 y 190.

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